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Admisiones

Proceso de Admisión

CALENDARIO DE ADMISIONES - CURSO 2024/2025

 

  • Fecha sorteo de la letra como criterio de desempate, 4 de marzo:
  • Sentido de la ordenación: "Z a A"
  • Las dos primeras letras del primer apellido "LS"

 

  • Publicación en el tablón de anuncios de los centros, del listado de SAUCE en el que figuran el número de plazas vacantes por curso: 22 de abril.

 

  • Presentación de solicitudesdel 22 de abril al 7 de mayo (en el centro elegido como 1ª opción).

 

  • Plazo de alegaciones: del 15 a 17 de mayo.

 

  • Publicación de los listados definitivos de alumnos admitidos y no admitidos: 4 de junio.

 

  • Publicación, en el centro solicitado como 1ª opción, para Infantil y Primaria, de un listado asignando plaza al alumnado que no ha resultado admitido en dicho centro: 18 de junio. 

 

  • Plazo de formalización de matrícula en Infantil y Primariadel 19 al 26 de junio.

 

  • Publicación, en el centro solicitado como 1ª opción, para ESO, de un listado asignando plaza al alumnado que no ha resultado admitido en dicho centro: 28 de junio.

 

  • Plazo de formalización de matrícula del alumnado de ESO promocionado y no promocionado: del 1 al 12 de julio.

 

MAPA DE ESCOLARIZACIÓN: AREA 2.1

MAPA COMPLETO DE ZONAS ESCOLARES EDUCASTUR 

 

INSTRUCCIONES  PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES EN CENTROS PÚBLICOS Y CONCERTADOS  (del 22 de abril al 7 de mayo)

Las solicitudes se presentarán en la Secretaría del Centro elegido como 1ª opción entre los días 22 de abril y 7 de mayo (ambos inclusive). En la misma se podrán seleccionar otros centros como 2ª, 3ª y 4ª opción. En caso de entregar más de una solicitud en Centros públicos y/ o  Concertados, ambas quedarán anuladas.

 

Pulse aquí para descargar el IMPRESO DE ADMISIÓN

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR en el centro elegido:

1. Impreso de ADMISIÓN.

2. Fotocopia del LIBRO DE FAMILIA.

3. Volante de EMPADRONAMIENTO o justificante de LUGAR DE TRABAJO.

4. Autorización para la consulta de la RENTA FAMILIAR (opcional).

 

Más información detallada sobre la documentación a aportar en el centro elegido:

1. JUSTIFICACIÓN DE HERMANOS EN EL CENTRO O DE QUE SUS REPRESENTANTES LEGALES TRABAJEN EN EL MISMO:

  • Se deberá adjuntar fotocopia del Libro de Familia o cualquier medio que acredite el vínculo familiar y/o laboral.

 

2. PROXIMIDAD DE DOMICILIO O LUGAR DE TRABAJO:

  • Se deberá adjuntar el Certificado de Empadronamiento (6 meses de antigüedad); en caso de optar por el lugar de trabajo de algún tutor, deberá aportar documento donde conste dicho trabajador y su lugar de trabajo (nómina o certificado de empresa); en caso de ser trabajador por cuenta propia , deberá aportar inscripción en el IAE o Certificado de la TGSS donde conste el lugar de trabajo.

 

3. RENTAS ANUALES DE LA UNIDAD FAMILIAR (pulse aquí para descargar la AUTORIZACIÓN de la Renta)

Se considera unidad familiar la que está integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere, por:

  • Los hijos e hijas menores de edad, no emancipados legalmente.
  • Los hijos e hijas mayores de edad con alguna discapacidad.

En los casos de separación legal, o cuando no exista vínculo matrimonial, se entenderá por unidad familiar la formada por la persona que tenga concedida la guarda y custodia del menor o la menor y todos los hijos e hijas que convivan con ella.

A estos efectos, las parejas estables tendrán la misma consideración que el matrimonio.

  • Se deberá adjuntar cubierto y firmado el impreso correspondiente. Se indicará el enlace para su descarga.

 

4. FAMILIA NUMEROSA, FAMILIA MONOPARENTAL Y SITUACIÓN DE ACOGIMIENTO FAMILIAR:

  • La Administración recabará de oficio la acreditación de la condición de familia numerosa, salvo oposición, donde se acreditará mediante certificado o copia de la tarjeta identificativa de tal condición.

En caso de familia monoparental y /o acogimiento familiar, se deberá adjuntar fotocopia del libro de familia o copia de la sentencia o resolución judicial que acredita que la patria potestad la ostenta una sola persona.

 

5. DISCAPACIDAD DEL ALUMNO/A, SUS REPRESENTANTES LEGALES O ALGUNO DE SUS HERMANOS/AS:

  • La Administración recabará de oficio la acreditación de la condición de discapacidad. En caso de oposición, se acreditará con la copia el Certificado de grado de discapacidad expedido por la Consejería competente, el INSS u órgano equivalente.

*Sólo se tendrá en cuenta la discapacidad en grado igual o superior al 33%.

 

6. LA CONDICIÓN DE VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO O DE TERRORISMO:

  • Ambas deberán acreditarse mediante sentencia judicial o resolución del Organismo competente.

 

NORMATIVA E INSTRUCCIONES DEL PROCESO 

  • Resolución. BOPA 21-02-2023: Resolución reguladora por la que se aprueba el calendario de actuaciones y se determinan las Comisiones de Escolarización del procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados. 
  • Resolución. BOPA 21-02-2024Resolución reguladora por la que se aprueban instrucciones en relación con la presentación de solicitudes de admisión de alumnado en centros docentes públicos y privados concertados.

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